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Blog · La ley, paso a paso

Multas de la Ley 21.719: de cuánto son y cuándo llegan al 4 %

Equipo Plumii · Revisado contra el texto oficial de la ley el

Caso ficticio

Juanito Pérez tiene tres ópticas en una ciudad del sur de Chile. Un domingo lee en el celular un titular que habla de multas «de hasta el 4 % de las ventas» por la nueva ley de datos, y se pasa la tarde haciendo cuentas. El lunes llama a su contador para preguntar si eso le puede pasar a él.

La respuesta corta

Las multas de la Ley 21.719 tienen un tope en unidades tributarias mensuales (UTM) según el tipo de infracción (artículo 35):

Infracción Sanción
Leve Amonestación escrita o multa de hasta 5.000 UTM
Grave Multa de hasta 10.000 UTM
Gravísima Multa de hasta 20.000 UTM

Son topes, no tarifas. El 4 % que leyó Juanito existe, pero sólo aparece cuando se juntan tres cosas: una empresa que no es de menor tamaño según la Ley 20.416, que reincide, en una infracción gravísima (con una grave, el techo es el 2 %). Una primera infracción nunca llega ahí, y una empresa de menor tamaño tampoco.

El contador de Juanito le confirma que su empresa es de menor tamaño. Para él, el 4 % no aplica en ningún caso.

Por qué: qué hace leve, grave o gravísima a una infracción

La ley clasifica las infracciones en tres listas (artículos 34 bis, 34 ter y 34 quáter). Leídas con las ópticas de Juanito:

Leve, hasta 5.000 UTM o una amonestación. No cumplir del todo el deber de información del artículo 14 ter; no tener un correo o medio operativo para que las personas se comuniquen con la empresa; no responder, responder incompleto o fuera de plazo una solicitud de una persona sobre sus datos. Y cualquier otra infracción que no esté calificada como grave o gravísima.

Ejemplo. Una clienta le pide a la óptica, por escrito, saber qué datos suyos tiene. La óptica contesta a los dos meses. Es responder fuera de plazo: leve.

Grave, hasta 10.000 UTM. Tratar datos sin consentimiento ni otra base legal, o para una finalidad distinta de la que se informó; tratar datos innecesarios para el fin; impedir que una persona ejerza sus derechos; vulnerar el deber de confidencialidad o las obligaciones de seguridad; hacer transferencias internacionales contra las reglas de la ley; tratar datos de niños, niñas y adolescentes infringiendo sus normas.

Ejemplo. La óptica usa el celular que los clientes dieron para avisarles que llegaron sus lentes, y empieza a mandarles promociones de una tienda asociada. Es otra finalidad: grave.

Gravísima, hasta 20.000 UTM. Tratar datos de forma fraudulenta; destinar maliciosamente datos a otra finalidad; ceder a sabiendas información falsa sobre una persona; vulnerar la confidencialidad de datos sensibles; tratar o ceder a sabiendas datos sensibles o de niños contra la ley; omitir deliberadamente comunicar una vulneración de seguridad; hacer a sabiendas transferencias internacionales contra la ley; no hacer la evaluación de impacto del artículo 15 ter cuando corresponde.

Fíjate en las palabras en cursiva. Muchas de las gravísimas exigen intención: saber, querer o hacerlo de forma maliciosa.

A quién: cuándo sube el tope

Si reincide, hasta el triple. El artículo 35 dice que, si hay reincidencia, la multa puede llegar a tres veces el monto de la infracción. Reincidencia tiene una definición precisa (artículo 36): haber sido sancionado dos o más veces en los últimos treinta meses, con resoluciones firmes.

El 2 % o el 4 %, sólo para las empresas que no son de menor tamaño. Si quien reincide en una infracción grave o gravísima es una empresa que no es de menor tamaño según la Ley 20.416, la multa puede llegar a lo más alto entre ese triple y el 2 % (graves) o el 4 % (gravísimas) de sus ingresos anuales por ventas y servicios del último año calendario.

Si no corrige, un 50 % más. En cada caso la Agencia indica medidas para corregir lo que motivó la sanción, que hay que adoptar en no más de 60 días. Si no se adoptan, la multa sube un 50 %.

Ejemplo. La cuenta de Juanito: si la óptica manda las promociones de la tienda asociada, el tope es 10.000 UTM. Si ya hubiera sido sancionada dos veces en los últimos treinta meses, el tope sube al triple. Si fuera una cadena que no es de menor tamaño, ese mismo caso podría llegar a lo más alto entre el triple y el 2 % de sus ingresos del último año. El 4 % quedaría para una gravísima repetida.

Cómo se decide el monto dentro del tope

El artículo 37 le pide a la Agencia considerar, entre otros criterios, la gravedad de la conducta, el perjuicio causado —especialmente el número de personas afectadas—, el beneficio económico obtenido, si había datos sensibles o de niños, niñas y adolescentes, y la capacidad económica del infractor.

Lo que la baja (atenuantes, artículo 36): reparar el daño o llegar a acuerdos con las personas afectadas; colaborar con la investigación; no tener sanciones previas; autodenunciarse, comunicando las medidas adoptadas; y haber cumplido los deberes de dirección y supervisión, acreditado con el certificado del modelo de prevención de infracciones.

Lo que la sube (agravantes): la reincidencia, que la infracción sea continuada y haber puesto en riesgo la seguridad de los derechos de las personas.

Las empresas de menor tamaño, el primer año

El artículo sexto transitorio de la Ley 21.719 dice que, durante los primeros doce meses de vigencia, a una empresa de menor tamaño la Agencia puede sancionarla con una amonestación por escrito en vez de una multa. Es una facultad, no una exención: la infracción existe, y la amonestación igual queda en el Registro Nacional de Sanciones y Cumplimiento (artículo 39), que es público. Más en Ley 21.719 para pymes.

Para Juanito, entonces, lo probable no es el titular del domingo, sino lo cotidiano: una respuesta tardía o un dato usado para algo que no se informó. Para eso está la lista de cómo cumplir.

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Las personas, empresas y situaciones de este artículo son ficticias: las inventamos para explicar la ley, y cualquier parecido con un caso real es coincidencia. Este artículo es información general, no asesoría legal. El texto oficial de la ley está en la Biblioteca del Congreso Nacional.

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